OBJETIVOS GENERALES
Artículo Primero:
Este código tiene como objeto diseñar la conducta de los Licenciados en Ciencias Fiscales y está dirigido a la puesta en practica de los principios éticos – morales de los funcionarios que se desempeñan dentro de la administración Pública y privada.
Artículo Segundo:
Salvaguardar en todo momento y en cada una de sus actuaciones, los intereses generales del Estado y la Preservación del patrimonio público; las normas establecidas en el presente artículo son de obligatorio cumplimiento para los profesionales de esta rama que laboran o estén incorporados a los organismos asociados existentes y por existir en el perímetro nacional.
Articulo Tercero:
todo profesional en Ciencias Fiscales al detectar cualquier acto o acción contraria a lo establecido en éste código quien viole los principios contenidos en el presente código esta en la obligación moral de comunicar tal hecho.
• Al infractor del mismo, haciéndole notar la importancia de apegarse a las normas éticas y morales.
• Comunicar los hechos detectados a los miembros directivos de la Institución.
• Hacerlos del conocimiento al organismo gremial que les agrupa.
Artículo Cuarto:
Actuar con estricto apego a las leyes y a todas las demás normas e instrucciones que deban regir su comportamiento en la realización cabal de todas las tareas que tengan asignadas.
http://www.enahp.edu.ve/rentas/noticias2.php
No hay comentarios:
Publicar un comentario